RESOLUCIÓN DE LA OFICINA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN n° 102-2025-OGA-MDH/LC
Acta de Consejo Directivo
7 de noviembre de 2025
VISTO: Estando a la Opinión Legal N° 342-2025-RSRC-OGAJ-MDH/LC, de fecha 29 de octubre del 2025; Informe N°0302- 2025-SHC-OAyCP-MDH/LC, de fecha 22 de octubre del 2025, Informe N° 056-2025-JBEG-OFI-MDH/LC, de fecha 09 de octubre del 2025, y; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el articulo 194° de la Constitución Politica del Estado, modificado por Ley de Reforma Constitucional Ley N° 30305, concordante con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía politica, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomia que la Constitución establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, con sujeción al ordenamiento juridico;
