Resolución de Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural N.° 146-2025-MPHi-GDUR-G
RESOLUCIÓN N.º 146-2025-MPHi-GDUR-G
6 de agosto de 2025
ARTÍCULO PRIMERO. - DECLARAR El Consentimiento y Firmeza de la Resolución N*077-2025-
MPHi/GDUR-G de fecha 03 de junio del 2025, Mediante El Cual Se Aprobó La Reversión Del Predio
Lote:11, Manzana: V del Jr. Simón bolívar, distrito de ponto y Provincia de Huari, a favor del señor Néstor
Humberto Leiva Bazán, Identificado con DNI N* 40128639
ARTÍCULO SEGUNDO.- PRECISAR que, en atención al principio de buena fe y a la presunción de
veracidad establecidos en el TUO de la Ley N.* 27444 (D.S. N.*004-2019-JUS), este despacho de Gerencia
de Desarrollo Urbano y Rural debe de asumir que los estamentos competentes técnicos de esta entidad
pública (Sub Gerencia de Planeamiento Urbano Rural y Catastro ) le proporcionan información que se
ajusta a la realidad y que es correcto, debiendo proceder conforme a ella; sin embargo, se prescribe que
dicha información es de naturaleza ¡uris tantum por tratarse una presunción que admite prueba en
contrario y por lo tanto podrá ser objeto de fiscalización posterior. (Bajo responsabilidad funcional).
ARTÍCULO TERCERO. - NOTIFICAR la presente Resolución al Administrado, Néstor Humberto
Leiva Bazán, mediante la Sub Gerencia de Planeamiento Urbano, Rural y Catastro de la Gerencia de
Desarrollo Urbano y Rural de la Municipalidad Provincial de Huari.
MPHi/GDUR-G de fecha 03 de junio del 2025, Mediante El Cual Se Aprobó La Reversión Del Predio
Lote:11, Manzana: V del Jr. Simón bolívar, distrito de ponto y Provincia de Huari, a favor del señor Néstor
Humberto Leiva Bazán, Identificado con DNI N* 40128639
ARTÍCULO SEGUNDO.- PRECISAR que, en atención al principio de buena fe y a la presunción de
veracidad establecidos en el TUO de la Ley N.* 27444 (D.S. N.*004-2019-JUS), este despacho de Gerencia
de Desarrollo Urbano y Rural debe de asumir que los estamentos competentes técnicos de esta entidad
pública (Sub Gerencia de Planeamiento Urbano Rural y Catastro ) le proporcionan información que se
ajusta a la realidad y que es correcto, debiendo proceder conforme a ella; sin embargo, se prescribe que
dicha información es de naturaleza ¡uris tantum por tratarse una presunción que admite prueba en
contrario y por lo tanto podrá ser objeto de fiscalización posterior. (Bajo responsabilidad funcional).
ARTÍCULO TERCERO. - NOTIFICAR la presente Resolución al Administrado, Néstor Humberto
Leiva Bazán, mediante la Sub Gerencia de Planeamiento Urbano, Rural y Catastro de la Gerencia de
Desarrollo Urbano y Rural de la Municipalidad Provincial de Huari.