Resolución de Alcaldía N.° 109-2024-MPHi-A

RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 109-2024-MPHi-A

14 de junio de 2024

ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR LA NULIDAD DE OFICIO DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN DENOMINADO: Adjudicación Simplificada N° 25-2024-MPN/CS-PRIMERA CONVOCATORIA, cuyo objeto de convocatoria es la ADQUISICION DE BIENES COMO SEMOVIENTES PARA EL MEJORAMIENTO DE LA PRODUCCIÓN DE VACUNOS BROWN SWISS DE LA ASOCIACION DE PRODUCTORES AGROPECUARIOS DE PACHACHACA Y YANAGAGA, PROVINCIA DE HUARI, REGION DE ANCASH, META 294 Y CODIGO 2616936 44° numeral 44.2 de la Ley N° 30225-Ley de Contrataciones del Estado, debido a que el área usuaria no ha especificado claramente dicha condición en los puntos 3, 4, 5, 10 y 11, por lo que se devolverá a que dicha precisión lo describan con claridad y así facilitar a los potenciales postores para que efectúen una oferta adecuada en este extremo y el Órgano Encargado de Contrataciones pueda determinar con claridad el cumplimiento en dicho procedimiento de selección y debe retrotraerse a la etapa de convocatoria a fin de que previo a la nueva convocatoria el área usuaria aclare el vacío observado por el OEC de la Entidad, teniendo el principal objetivo cumplir estrictamente lo manifestado mediante la Ley N° 30225, y así facilitar a los potenciales postores para que efectúen una oferta adecuada en este extremo y el OEC pueda determinar con claridad el cumplimiento en dicho procedimiento de selección.

ARTÍCULO SEGUNDO: DISPONER que el Comité de Selección en ocasión de la Integración de las bases de oficio efectué las acciones que corresponda a fin de evitar algún reclamo posterior a fin de subsanar la omisión de acuerdo a las normas esenciales del procedimiento.

ARTÍCULO TERCERO: DISPONER que la Subgerencia de Abastecimiento y Gestión Patrimonial, publique el contenido de la presente Resolución en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado (SEACE).

ARTÍCULO CUARTO: NOTIFICAR el presente acto a la Gerencia Municipal, Subgerencia 'de Abastecimiento y Gestión Patrimonial, y a las demás instancias que por su función tengan injerencia en el cumplimiento de esta, de conformidad con el artículo 20° y siguientes del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444 Ley de Procedimiento Administrativo General.
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