Comunicado: Disposición de Bienes Calificados como RAEE, modalidad de donación.
Disposición de Bienes Calificados como RAEE, modalidad de donación.
PUBLICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 293-2024-MPH-OGA, ASÍ COMO DEL INFORME TÉCNICO N°4722-2024-OACPyM/OGA/MPH, PARA LA DISPOSICIÓN DE BIENES CALIFICADOS COMO RAEE, EN LA MODALIDAD DE DONACIÓN
I. Objeto
La Municipalidad Provincial de Huaral, en conformidad con lo dispuesto en el numeral 7.2.1 de la Directiva N° 001-2020-EF/54.01 denominada “Procedimientos para la Gestión de Bienes Muebles calificados como Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos – RAEE” aprobada con Resolución Directoral N° 0008-2020-EF/54.01 y su modificatoria aprobada con Resolución Directoral N° 0008-2021-EF/54.01, cumple con publicar la Resolución Jefatural Nº 293-2024-MPH-OGA de fecha 20 de noviembre del 2024, que aprueba la baja de doscientos treinta y cuatro (234) bienes muebles patrimoniales de propiedad de esta Municipalidad, por causal de RAEE y su relación de bienes contenidos en el Anexo I; así como, el Informe Técnico N° 4722-2024-OACPyM/OGA/MPH de fecha 06 de noviembre del 2024, que sustenta la condición de trescientos treinta y cuatro (334) bienes sobrantes calificados como RAEE y su relación de bienes contenidos en el Anexo II (Ver enlace).
II. Datos Generales de la Entidad
Entidad: Municipalidad Provincial de Huaral.
Dirección: Frente a la Plaza de Armas – Distrito y Provincia de Huaral, Departamento de Lima.
Mesa de Partes Virtual: https://facilita.gob.pe/t/369
Ubicación de los bienes: Instalaciones del Mercado “Carlos Mora Parra” situado en la esquina de Av. Huando con Av. Circunvalación Este – Distrito y Provincia de Huaral, Departamento de Lima.
Contacto: Lic. José Manuel Castiglione Rojas.
Celular: 919133924.
III. Alcance
El presente comunicado está dirigido exclusivamente a los Sistemas de Manejo RAEE individual o colectivo, debidamente autorizados por la autoridad competente las cuales deberán de manifestar por escrito sus interés de ser beneficiarios de la donación de los bienes muebles señalados en la presente publicación, adjuntando la documentación o requisitos que la norma ha establecido para ser beneficiarios de la donación, la misma que será en estricta sujeción a lo precisado en el numeral 7.2.5 de la Directiva N° 001-2020-EF/54.01.
IV. Publicación
Vigencia: Diez (10) días hábiles contados a partir de la publicación por parte de la Dirección General de Abastecimiento en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas.