Resolución de Gerencia N.° 235-2021-MPH/GM

6 de julio de 2021

ARTÍCULO PRIMERO.- DECLARAR improcedente en todos sus extremos, incluyendo la medida cautelar administrativa solicitada por el recurrente DAVID ARANZA GOZME, a razón de que el recurrente viene prestando sus servicios bajo un contrato de naturaleza civil (Locación de servicio), mas no en la condición de trabajador sujeto el régimen del D.L.1057 (CAS), el mismo que es un requisito esencial para la incorporación al régimen laboral del Decreto Legislativo 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, o del Decreto Legislativo 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público
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