Resolución de Gerencia de Desarrollo Urbano N.° 830-2025-MPH/GDU.

7 de noviembre de 2025

ARTICULO PRIMERO. - ACLARAR la omisión del estado civil del adjudicatario en el Título de Propiedad N° 1285 de fecha 28 de setiembre de 1986.

Dice:

"….. otorga Título de Propiedad a ARELLANO GUERRERO EDWIN ULISES ……".

Debe decir:

"….. otorga Título de Propiedad a ARELLANO GUERRERO EDWIN ULISES de estado civil SOLTERO……". ……".

ARTICULO SEGUNDO. - INCORPORAR a la cláusula Quinto del Título de Propiedad N° 1285 de fecha 28 de setiembre de 1986, el valor del Lote N° 17, Manzana 34, del Asentamiento Humano "La Victoria", es S/ 10,951.99 Soles de Oro, equivalente a I/. 10.09 Intis, conforme al sustento vertido en el Cuarto considerando de la presente Resolución.

ARTICULO TERCERO. - A la fecha no existe restricción alguna de ejercer los derechos establecidos en el Artículo 2° inciso 16 de la Constitución Política del Perú, así como también los amparados en el Artículo 923° del Código Civil respecto del Lote N° 17, Manzana 34, del Asentamiento Humano "La Victoria", contenida en el Título de Propiedad N° 1285 de fecha 28 de setiembre de 1986.

ARTICULO CUARTO. - Esta Resolución forma parte del Título de Propiedad N° 1285 de fecha 28 de setiembre de 1986

ARTICULO QUINTO. - Notificar la presente a la parte interesada con las formalidades establecidas en la Ley N° 27444, en la Calle Santa Rosa N° 633, Urb. Millotingo, distrito de El Tambo, provincia de Huancayo, región Junín.

Esta norma pertenece al compendio Resolución de Gerencia de Desarrollo Urbano

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830-2025-MPH/GDU.

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