Resolución de Gerencia de Servicios Públicos y Gestión Ambiental N.° 99-2025-MPH/GSP.

19 de diciembre de 2025

INICIAR Procedimiento Administrativo Disciplinario contra RIVERA MONTES JHON GABRIEL Servidor Municipal con el cargo de Ayudante de Recolección de Residuos Sólidos adscrito a la Gerencia de Servicios Públicos de la Municipalidad Provincial de Huancayo periodo 2025 bajo el Régimen Laboral que contiene el TUO del D. Leg. 728 Servidor quien habría incurrido en faltas de carácter disciplinario. en incumpliendo en el inc. n. del art. 85° de la Ley 30057 Ley del Servicio Civil incumple su jornada de trabajo diario, concordante con el fundamento 56° iv de la Resolución de Sala Plena 022.2022.SERVIRJTSC es decir que incurrió en incumplimiento de la jornada de trabajo por cuanto no hay registro de haber realizado actividades en el cumplimiento de sus funciones hechos ocurridos los días sábado 03 de mayo del 2025 y miércoles 25 de junio del 2025 faltando reiterativas veces a su labor sin justificación alguna perjudicando el normal servicio que se debe brindar a la ciudadanía asimismo habría incurrido en el inc. d del art.85° de la Ley 30057 Ley del Servicio Civil negligencia en el desempeño de sus funciones en circunstancias que el Servidor Municipal del área de Limpieza Pública y residuos Sólidos. el día Martes 05 de agosto del 2025. a horas 9:45 am. el servidor se encontraba realizando tareas ajenas a las que se les contrato reciclando de la basura productos reciclables atentando contra su salud al poderse contaminar. causando perjuicio a la entidad al no INICIAR Procedimiento Administrativo Disciplinario contra RIVERA MONTES JHON GABRIEL. Servidor Municipal con el cargo de Ayudante de Recolección de Residuos Sólidos adscrito a la Gerencia de Servicios Públicos de la Municipalidad Provincial de Huancayo periodo 2025 bajo el Régimen Laboral que contiene el TUO del D. Leg. 728 Servidor quien habría incurrido en faltas de carácter disciplinario. en incumpliendo en el inc. n. del art.85° de la Ley 30057 Ley del Servicio Civil incumple su jornada de trabajo diario, concordante con el fundamento 56° iv de la Resolución de Sala Plena 022.2022 SERVIRJTSC es decir que incurrió en incumplimiento de la jornada de trabajo por cuanto no hay registro de haber realizado actividades en el cumplimiento de sus funciones: hechos ocurridos los días: sábado 03 de mayo del 2025 y miércoles 25 de junio del 2025 faltando reiterativas veces a su labor sin justificación alguna perjudicando el normal servicio que se debe brindar a la ciudadanía asimismo habría incurrido en el inc. d del art.85° de la Ley 30057 Ley del Servicio Civil negligencia en el desempeño de sus funciones, en circunstancias que el Servidor Municipal del área de Limpieza Pública y residuos Sólidos. el día Martes 05 de agosto del 2025. a horas 9:45 am. el servidor se encontraba realizando tareas ajenas a las que se les contrato reciclando de la basura productos reciclables atentando contra su salud al poderse contaminar. causando perjuicio a la entidad al no brindar un buen servicio a la población por lo tanto el trabajo que realizo el Servidor Municipal fue deficiente. no cumplió con sus obligaciones de manera diligente y responsable. POR LO QUE AL SERVIDOR MUNICIPAL LE CORRESPONDE LA SANCION DE SUSPENSION.

un buen servicio a la población: por lo tanto el trabajo que realizo el Servidor Municipal fue deficiente. no cumplió con sus obligaciones de manera diligente y responsable. POR LO QUE AL SERVIDOR MUNICIPAL LE CORRESPONDE LA SANCION DE SUSPENSION.

Esta norma pertenece al compendio Resolución de Gerencia de Servicios Públicos

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99-2025-MPH/GSP.

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