Resolución de Gerencia de Servicios Públicos y Gestión Ambiental N.° 97-2025-MPH/GSP.

19 de diciembre de 2025

INICIAR Procedimiento Administrativo Disciplinario. contra Jeampier Vicente PORRAS ROMERO, servidor municipal de la Gerencia de Servicios Públicos. en el cargo de Personal de Barrido de Vías Públicas y Espacios Públicos con Contrato. 0240.2024.MPH de Trabajo de Naturaleza Temporal por Inicio o Incremento de Nueva Actividad. periodo 2024.2025 bajo el régimen del D.L. 728 quien habría incurrido en falta administrativa al inobservar los Principios de la Función Pública de la Ley del Código de Ética de la Función Pública, Ley Nro. 27815; en circunstancia que el día 27 de marzo de 2025 el señor Porras Romero Jeampier Vicente remitió y entregó al Área de Bienestar Social el Certificado de Incapacidad Temporal CITT A.307.00013934.25 en original a horas 11:07 am con la finalidad de justificar los días no asistidos por accidente común y reembolso de subsidio Certificado que señala como contingencia:

Accidente Común .Servicio de ORTOPEDIA y TRAUMA TOLOGIA con fecha de Inicio del periodo de incapacidad el 26.03.2025 y fecha fin el 31.03.2025. haciendo un total de seis 6 dias de Incapacidad temporal para el Trabajo sin embargo al realizar el trámite de reembolso por medio del sistema Virtual VIVA ESSALUD. por parte del área de Bienestar Social de la MPH figura el CITT A.307

000 13934-25 con los datos de fecha de inicio de incapacidad el 26.03.2025 y fecha de fin el 27.03.2025 con un total de dos 2 días de incapacidad por lo tanto al no coincidir el CITT físico presentado por el servidor y los datos del sistema VIVA ESSALUD se solicita aclaración a ESSALUD manifestando a través de la Carta 000001.COMAI.OGIT.OCPAP.GRAJU.ESSALUD.2025 de fecha 14 de Agosto del 2025 suscrito por la oficina de Gestión De Incapacidades y Prestaciones .OGIT ES SALUD f... J que. el CITs otorgado al servidor Jeampier Vicente Porras Romero donde se puede verificar que el Certificado de Incapacidad Temporal CITT A.307.00013934.25 tiene como fecha de inicio de incapacidad el 26.03.2025 y lecha de fin el 27.03.2025 acum1ando 2 días de incapacidad para el trabajo por lo tanto el servidor municipal habría adulterado la información contenida en el CITT Nro. A.307.00013934.25. POR LO QUE Al SERVIDOR MUNTCIPAL LE CORRESPONDE LA SANCION DE SUSPENSION.

Esta norma pertenece al compendio Resolución de Gerencia de Servicios Públicos

Vista preliminar de documento 97-2025-MPH/GSP.

97-2025-MPH/GSP.

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