Resolución de Gerencia de Seguridad Ciudadana N.° 1739-2025-MPH-GSC.
9 de junio de 2025
INICIAR Procedimiento Administrativo Disciplinario - PAD
contra: DANTE LUIS GARCIA QUISPE, personal con el Cargo de Agente Sereno, adscrito a la
Gerencia de Seguridad Ciudadana, bajo el Régimen Laboral 728, quien habría incurrido
en el (inc. j art.85º de la Ley del Servicio Civil); faltas de carácter disciplinario por
Ausencias Injustificadas, faltas en el que el Servidor Municipal de manera
injustificada y sin conocimiento de su jefe inmediato, se ausenta de su centro laboral los
días 07, 08, 09 y 1 O de diciembre del 2024; del mismo modo habría incurrido en el
inc. n) art.85º de la Ley 30057 Ley del Servicio Civil, Fundamento 56º (iv) de la
Resolución de Sala Plena Nº 002-2022-SERVIR/TSC, falta cuando el Servidor
Municipal incurre los días 05, 06 de noviembre del 2024, como también los días 25 y
26 de diciembre del 2024, haciendo un total de 04 oportunidades de incumplimiento a
su jornada laboral diario; del mismo modo se advierte que el Infractor no tendría derecho
al día de franco, puesto que la inasistencia no es solo la ausencia física del Servidor, si
no la falta de prestación efectiva de labores para el empleador, en este caso el Servidor
Municipal no asistió unos días antes a laborar, por lo tanto no cumplió sus funciones con
responsabilidad y diligencia al no cumplir _con el mínimo de horas diarias de trabajo;
recordamos que el empleador está facultado a realizar el horario de ingreso y salida, y
además de poder modificarlo, así también tiene el poder para sancionar el incumplimiento respecto a las órdenes que otorga; por lo tanto el Servidor no habría
cumplido con el mínimo de sus horas diarias, y no cuenta con papeletas que justifiquen
el incumplimiento a su horario de trabajo fijado, Incurriendo en falta administrativa.
Esta norma pertenece al compendio Resolución de Gerencia de Seguridad Ciudadana
