Resolución de Gerencia de Seguridad Ciudadana N.° 1513-2024-MPH-GSC.
3 de abril de 2024
INICIAR Procedimiento Administrativo Disciplinario - PAD contra: Don Javier SULCA BAIGORREA, Jefe Encargado de la OFICINA DE DEFENSA CIVIL - adscrita a la Gerencia de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad Provincial de Huancayo pericodo 2021; quien se encuentra bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo N 276, quien habria incurrido en falta adrninistrativa en el trámite de los procedimientos administrativos a su cargo, al no resolver dentro del plazo establecido procedimiento administrativo, de solicitud de Certificado ITSE incoado con el Expediente N 74070-T en la fecha 19.03.2021 respecto del establecimiento ubicado en el Jr. Huancas N 1009 con nombre comercial Mercado Ramos Toscano de un área de 1568.06 m2; solicitud que debió ser atendida, teniendo en cuenta el procedimiento señalado en el D.S. N 002-2018-PCM y Reglamento - Manual ITSE, concordante con el procedimiento 89 del TUPA vigiente; es decir dentro de los 7 días (que establece la norma especial DS. 002-22018-PCM) más los 5 días hábiles del plazo de notificación, conforme al art. 35, inc. 24.1 del art. 24 del TUO de la Ley N 27444; sin embargo, negligentemente el área especializada (Oficina de Defensa Civil a cargo del servidor Javier Sulca Baigorrea) emite la Carta Nro. 080-2021-MPH-GSC-ODC de fecha 28.04.2021, con el cual da a conocer a la representante legal de la empresa Grupo Torre Torre SAC representado por la Sra. Guillermina Toscano de Ramos, que por fuerza mayor se sus penderá la diligencia ITSE por motivo que un integrante Inspector Técnico ha dado positivo al COVID - 19; sin embargo, esta podría tomarse como una suspensión de la diligencia ITSE, sin embargo, de conformidad a la norma tecnica (Art. 12.2 del D.S. N 002-2018), se debió levantar Acta y no simplemente Carta, para efectos de suspender la diligencia; por lo tanto, no se tomaría en cuenta el plazo de suspensión, y tampoco serviría como evidencia de haber dado respuesta al trámite iniciado; generando con ello, Resolución de Aprobación FICTA en aplicación del Silencio Administrativo Positivo a favor de la administrada; como así, lo ha establecido y señalado el Informe Legal N 571-2021-MPH/GAJ de fecha 23.06.2021 y Resolución de Gerencia Municipal N 348-2021-MPH/GM de fecha 28.06.2021.
Esta norma pertenece al compendio Resolución de Gerencia de Seguridad Ciudadana
