Resolución de Gerencia de Seguridad Ciudadana N.° 1505-2024-MPH-GSC.

3 de abril de 2024

INICIAR Procedimiento Administrativo Disciplinario - PAD contra:

Don CERRON IBARRA Luis Alberto, Servidor Municipal, con el Cargo de Agente Sereno, de la Unidad de Serenazgo adscrito a la Gerencia de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad Provincial de Huancayo; quien se encuentra bajo el Régimen Laboral del Decreto Legislativo N° 728, quien habría incurrido en faltas de carácter Disciplinario, al haber abandonado su jornada de trabajo el día 10 de abril de 2023, el servidor Municipal registra su asistencia de ingreso a horas 06:38:31 am; y no registra su asistencia de salida, incurriendo en abandono injustificado a la jornada de trabajo desde las 06:39:31 am hasta las 15:00 pm; el día 11 de agosto de 2023, registra su asistencia de ingreso a horas 21:32:52 pm y no registra su asistencia de salida, incurriendo en abandono injustificado a la jornada de trabajo desde las 21:33:52 pm hasta las 06:00 am; el día 16 de agosto de 2023, se verifica que registro su asistencia de ingreso a horas 06:02:35 am y no registra su asistencia de salida, incurriendo en abandono injustificado a la jornada de trabajo desde las 06:03:35 am hasta las 02:00 pm; por lo tanto se advierte que habría incurrido en faltas de carácter disciplinarios, al haber cometido incumplimiento a las ausencias Injustificados a la jornada de trabajo; Conducta tipificada en el inciso n) del art 85° de la Ley N° 30057-Ley del Servicio Civil, que norma: son faltas de carácter Administrativos Disciplinarios incumplimiento injustificado a la jornada de Trabajo".

Y del mismo modo se advierte que habría incurrido en faltas de carácter disciplinario, al haber incurrido incumplimiento al Reglamento Interno de Trabajo Ausencias Injustificadas (ausencia Total) que cometió el Servidor Municipal CERRON IBARRA Luis Alberto, por las ausencias laborales de los siguientes días 07,09 y 29 de abril del 2023; 06 de agosto del 2023 (Ausencia total de faltas de 04 días), de ausencias injustificadas a su jornada de trabajo, se verifica que el personal dejo de asistir a su Centro de Trabajo sin comunicar a su jefe inmediato y sin presentar documentación justificando las inasistencias.

Esta norma pertenece al compendio Resolución de Gerencia de Seguridad Ciudadana

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1505-2024-MPH-GSC.

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