Resolución de Gerencia de Seguridad Ciudadana N.° 1501-2024-MPH-GSC.
3 de abril de 2024
INICIAR Procedimiento Administrativo Disciplinario - PAD contra:
Don CALIXTRO CAMPOSANO Erick, Servidor Municipal, Agente Sereno de la Unidad de Serenazgo y adscrito a la Gerencia de Seguridad Ciudadana, periodo 2023; bajo el Régimen Laboral del Decreto Legislativo N° 728, quien habría incurrido en faltas de carácter disciplinario, por incumplimiento injustificado del horario y la jornada de trabajo, en el marco del procedimiento administrativo disciplinario de la Ley N° 30057- Ley del Servicio Civil; en circunstancia que el servidor municipal se ausenta de la entidad durante su jornada de trabajo, los días: 31 de marzo del 2023 registra su asistencia de ingreso a horas 06:47:11 am y no registra su salida, ausentándose desde las 06:48:11 am hasta las 19.00 pm, ya que el infractor viene laborando en el turno diurno 12 horas diarias; el día 02 de mayo del 2023 registra su asistencia de ingreso a horas 06:45:07 am y no registra su salida, ausentándose desde las 06:46:07 am hasta las 19:00 pm ya que el infractor viene laborando 12 horas diarios; el dia 04 de mayo del 2023 registra su asistencia de ingreso a horas 06:40:07 am y no registra su salida, ausentándose desde las 06:41:07 am hasta las 19:00 pm; el día 18 de mayo del 2023 registra su asistencia de ingreso a horas 06:47:51 am y no registra su salida, ausentándose desde las 06:48:51 am hasta las 19:00 pm; el día 30 de mayo del 2023 registra su asistencia de ingreso a horas 06:48:21 am y no registra su salida, ausentándose desde las 06:49:21 am hasta las 19:00 pm; el día 02 de junio del 2023 registra su asistencia de ingreso a horas 06:42:19 am y no registra su salida, ausentándose desde las 06:43:19 am hasta las 19:00 pm ya que el infractor viene laborando 12 horas diarios, teniendo como horario desde las 07:00 am hasta las 19:00 pm; haciendo un total de 06 oportunidades en que el servidor se ausentó de la entidad; situación que no habría puesto de conocimiento de su jefe inmediato; Asimismo habría incumplido su jornada laboral diaria, los días: sábado 25 de marzo; martes 2, jueves 4, domingo 14 y domingo 28 de mayo; y los días viernes 16, miércoles 28 y viernes 30 de junio del 2023, haciendo un total de ocho (8) días; incurriendo en falta de carácter disciplinario.
Esta norma pertenece al compendio Resolución de Gerencia de Seguridad Ciudadana
