Resolución de Gerencia de Desarrollo Urbano N.° 559-2025-MPH/GDU.
7 de agosto de 2025
ARTICULO PRIMERO. - ACLARAR el error material incurrido en la parte introductoria, séptimo articulo y la Clausula Adicional, respecto al Nombre y estado civil de los adjudicatarios en el Título de Propiedad N° 899, de fecha 24 de noviembre del 2004.
Dice:
"…….Otorgo el Título de Propiedad a doña ANA MARIA QUISPE BORJA, identificado con DNI. 19859033 y FELIX LEANDRO MEZA CAJA y esposa LUCY PASTRANA QUISPE, identificada con DNI. 20048833.…"
Debe decir:
"…Otorgo el Título de Propiedad a favor de doña ANA MARIA QUISPE BORJA, identificado con DNI. 19859033 de estado civil SOLTERA del 50% del bien inmueble y a doña LUCY PASTRANA QUISPE identificada con DNI. 20048833 CASADA con FELIX LEANDRO MEZA CAJA identificado con DNI. 20554189 de bien común del 50% del bien inmueble……"
ARTICULO SEGUNDO. - Esta forma parte del Título de Propiedad N° 899, de fecha 24 de noviembre del 2004.
ARTICULO TERCERO. - Notificar la presente a la parte interesada con las formalidades establecidas en la Ley N° 27444, en la VIA EXPRESA E2-I S/N, Asentamiento Humano Justicia Paz y Vida, distrito de El Tambo, provincia de Huancayo, departamento de Junín.
Esta norma pertenece al compendio Resolución de Gerencia de Desarrollo Urbano
