Resolución Subgerencial de Gestión de Recursos Humanos N.° 294-2024-MPH/GA-SGGRH

29 de mayo de 2024

OFICIALIZAR sanción de SUSPENSIÓN DE CUARENTA (40) días sin goce de

remuneraciones a María Luz CANCHARI FELIX, María Luz CANCHARI FELIX, Gerente de Tránsito y Transporte de

la Municipalidad Provincial de Huancayo, en el periodo comprendido del 2021,2022; quien se encuentra bajo el

régimen laboral del Decreto Legislativo N° 276, quien ha incurrido en falta de carácter disciplinario, al incurrir en falta

administrativa en el trámite de los procedimientos administrativos a su cargo como Gerente de Tránsito y Transporte

al hecho de haber emitido el acto resolutivo, Resolución de Gerencia de Tránsito y Transporte Nro. 231-2021-GTT-

MPH de fecha 20.09.2022, transgrediendo el principio de legalidad del TUO de la Ley 27444, al haber declarado

procedente la solicitud bajo la forma de declaración jurada otorgamiento de autorización de ámbito urbano en la

modalidad de camioneta rural a favor de la empresa "GRUPO KAJHOMA S.A.C. por el plazo de 10 años; sin haber

tomado en cuenta la Ordenanza Municipal Nro. 559-MPH/CM y Ordenanza Municipal Nro. 579-MPH/CM que ha

declarado áreas vías saturadas por congestión vehicular y contaminación ambiental en los distritos de Huancayo,

Tambo y Chilca, donde ciertas vías del itinerario de ida de la empresa Grupo KAJHOMA SAC: han sido

declaradas saturadas como son: Av. Panamericana Sur, Av. 9 de Diciembre, Av. Real, Av. Ferro carril, Jr. Santa

Isabel, Av. Mariscal Castilla, Av. Julio Sumar y Av. Independencia; así como vía señaladas en el itinerario de

Vuelta como son: Av. Independencia, Av. Julio Sumar, Av. Mariscal Castilla, Av. Ferrocarril, Av. Real, Av. 9 de

Diciembre, disposición que ha contravenido el literal e) del numeral 17.1 del articulo 17 de la Ley 27181 - Ley

General de Transporte y Tránsito Terrestre, que señala: "e) Dar en concesión, en el ámbito de su jurisdicción, los

servicios de transporte terrestre en áreas o vías que declaren saturadas; así como otorgar permisos o autorizaciones en

áreas o vías no saturadas, de conformidad con los reglamentos nacionales respectivos"; tal es así que la Municipalidad

sólo puede autorizar la circulación de vehículos en vías saturadas mediante Concesión de Servicio de Transporte,

no ocurriendo ello en el presente caso, razón por la cual, mediante Resolución de Gerencia Municipal N° 707-2023-

MPH/GM de fecha 06.10.2023 se resolvió declarar la NULIDAD de Oficio la Resolución de la Gerencia de Tránsito y

Transporte N° 231-2022-GTT-MPH, que declaró procedente bajo la forma de declaración jurada otorgamiento de

autorización de ámbito urbano en la modalidad de camioneta rural a favor de la empresa "GRUPO KAJHOMA S.A.C.

por el plazo de 10 años, incurriendo en ilegalidad y consecuentemente en falta administrativa.

Esta norma pertenece al compendio Resolución de Sub Gerencia de Gestión de Recursos Humanos

Vista preliminar de documento RRNN24N294

RRNN24N294

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