Resolución de Gerencia de Desarrollo Urbano N.° 469-2023-MPH/GDU
4 de agosto de 2023
Ordenar la Demolición del cerco de adobe, en dos tramos de 6.10 mi y 2.95 mi, además del muro
de ladrillo que se encuentra pegada al muro de adobe y parte del cobertizo de adobe con cobertura de madera
y techo de teja, que ocupan la franja marginal y la vía de servicio, en un área aproximada de 38.10 m2,
enmarcado en: por el Norte una distancia de 3.90 mi; Por el Sur una distancia de 4.10 mi; Por el lado Este en
una línea quebrada de dos tramo de una distancia de 6.10 mi, y 2.95 mi, por el oeste una distancia de 9.00 mi,
de la propiedad ubicada en el jirón Abancay Nº 674- colindante con el río Florido-del distrito y provincia de
Huancayo, de propiedad de doña María del Carmen Torres Infantes, por construir u ocupar la franja marginal y
el área de servicio del río Florido; la misma que Contraviene con las normas establecidas en las habilitaciones
urbanas aprobadas con el Plan de Desarrollo Urbano de Huancayo, el Plan de Desarrollo Metropolitano,
contraviene la Ley de Recursos hídricos Nº 29338, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Esta norma pertenece al compendio Resolución de Gerencia de Desarrollo Urbano