Resolución de Gerencia de Desarrollo Urbano N.° 468-2023-MPH/GDU

4 de agosto de 2023

Ordenar la Demolición del cerco perimétrico de una distancia aproximada de 18.40 mi,

altura aproximada de 3.00 mi, que incluye puerta metálica, altura aproximada de 3.00 mi, que incluye

puerta metálica, enmarcado en : Por el lado Norte una distancia de 3.40, Por el lado Sur una distancia de

3.20 mi, por el lado Oeste una distancia de 11.75 mi, que ocupa la franja marginal y la vía de servicio, de

la propiedad ubicada en jirón Abancay Nº 952 (Prolongación Abancay Nº 952) - colindante con el río

Florido-del distrito y provincia de Huancayo, de propiedad de doña Consuelo Maricela Vale Astuhuaman,

por construir u ocupar la franja marginal y el área de servicio del río Florido; la misma que Contraviene

con las normas establecidas en las habilitaciones urbanas aprobadas, el Plan de Desarrollo

Metropolitano, contraviene la Ley de Recursos hídricos Nº 29338, por los fundamentos expuestos en la

presente resolución.

Esta norma pertenece al compendio Resolución de Gerencia de Desarrollo Urbano

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