Resolución de Gerencia de Desarrollo Urbano N.° 9-2022-MPH/GDU
3 de febrero de 2022
Ordenar la Demolición en parte de la construcción rustica de adobe de dos cobertura de madera y techo de teja determinándose, que parte de la construcción de materia rustico de adobe está afectada por el ensanche de la vía de servicio y la franja marginal, de un área aproximada de 7.30 m2, enmarcada por el lado Este: Una distancia de O.DO mi, por el lado Oeste una distancia de 2.00 mi, Por el lado sur: Una distancia de 7.30 mi, la misma que se inicia en el punto Oeste hacia el punto este a una distancia horizontal de 7.30 mi, de la propiedad ubicada en el pisos, con pasaje Leoncio Prado N2 368-
Huancayo, de propiedad de don Narcedonio Quinte Gilvonio, que ocupa la franja marginal y la vía de
servicio, por construir u ocupar la franja marginal y el área de servicio del río Chilca, por
expuestos en la presente resolución.
Esta norma pertenece al compendio Resolución de Gerencia de Desarrollo Urbano