Modificacion de la Competencia Territorial de los Juzgados de Paz Letrados.
Plan
17 de setiembre de 2025
En conformidad con la RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 000271-2025-CE-PJ
Artículo tercero: Disponer las siguientes medidas administrativas en la Corte Superior de Justicia de Junín.
3.1 Ampliar, a partir del 1 de agosto de 2025, la competencia territorial del 1° y 2° Juzgados de Paz Letrados Permanentes del distrito de Chilca, provincia de Huancayo para atender con turno abierto el ingreso de expedientes de los distritos de Chupuro, Huayucachi y Huancán, de la misma provincia.
3.2 Excluir, a partir del 1 de agosto de 2025, de la competencia territorial del 1°, 2° y 3° Juzgados de Paz Letrados Permanentes del distrito y provincia de Huancayo a los distritos de Chupuro, Huayucachi y Huancán de la misma provincia, debiendo dichos juzgados tramitar hasta su culminación la carga pendiente que tengan, al 31 de julio de 2025, provenientes de dichos distritos.
Artículo tercero: Disponer las siguientes medidas administrativas en la Corte Superior de Justicia de Junín.
3.1 Ampliar, a partir del 1 de agosto de 2025, la competencia territorial del 1° y 2° Juzgados de Paz Letrados Permanentes del distrito de Chilca, provincia de Huancayo para atender con turno abierto el ingreso de expedientes de los distritos de Chupuro, Huayucachi y Huancán, de la misma provincia.
3.2 Excluir, a partir del 1 de agosto de 2025, de la competencia territorial del 1°, 2° y 3° Juzgados de Paz Letrados Permanentes del distrito y provincia de Huancayo a los distritos de Chupuro, Huayucachi y Huancán de la misma provincia, debiendo dichos juzgados tramitar hasta su culminación la carga pendiente que tengan, al 31 de julio de 2025, provenientes de dichos distritos.
Esta publicación pertenece al compendio Modificaciónes al PDM 2017-2037