Resolución de Gerencia de Infraestructura N.° 087-2019-MPH-GIUR-G.
10 de junio de 2019
DECLARAR IMPROCEDENTE el escrito presentado por la Señora Melida Meza Cano sobre devolución de notificación, ya que la notificación realizada en el domicilio del infractor resulta valida máxime si la señora que recibió dicho acto administrativo es madre del Señor Euder Jaramillo Meza, y además se le ha notificado en el domicilio consignado en su documento nacional de identidad tal y conforme lo prevé el artículo 21 del TUO de la ley 27444, dejándose constancia de la relación entre la persona que recibió el documento y el infractor, en consecuencia se debe tener por bien notificado al Señor Euder Jaramillo Meza, y a efectos de no vulnerar su derecho de defensa pueda emitir sus descargos correspondientes.
