Resolución Jefatural N.° 009-2025-MPH/UFyC.

NO HA LUGAR a la instauración del procedimiento administrativo sancionador, contra la administrada Delia CASTRO MENDOZA, conductora del establecimiento comercial Salón de Belleza “CASTRO” de giro...

30 de diciembre de 1899

NO HA LUGAR a la instauración del procedimiento administrativo sancionador, contra la administrada Delia CASTRO MENDOZA, conductora del establecimiento comercial Salón de Belleza “CASTRO” de giro de negocio “Salón de Belleza”, ubicado en el Jr. Garcilazo de la vega N° 126 del distrito de Ayacucho, provincia de Huamanga - Ayacucho. Consecuentemente el ARCHIVO del caso por subsanación voluntaria antes del inicio del procedimiento administrativo sancionador, conforme faculta el literal f) del numeral 1, del articulo 257° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley N° 27444 y a los fundamentos expuestos.

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