Resolución Gerencial de Desarrollo Económico N.° 481-2025-MPH/42

SANCIONAR, como responsable directo de la infracción al administrado Frank Henry LUDEÑA PAÑAO, en su condición de titular y conductor del establecimiento comercial con giro de negocio BOTICA, de...

21 de noviembre de 2025

SANCIONAR, como responsable directo de la infracción al administrado Frank Henry LUDEÑA PAÑAO, en su condición de titular y
conductor del establecimiento comercial con giro de negocio BOTICA, de razón social “GRUPO SUNYFARMA S.A.C.”, con la imposición de una MULTA equivalente al 50% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente al momento de la infracción, siendo
la suma ascendente a DOS MIL SEISCIENTOS SETENTA Y CINCO CON 00/100 SOLES (S/. 2,675.00); y como medida complementaria, la sanción no pecuniaria de CLAUSURA DEFINITIVA por encontrarse incurso dentro del (Código: 03.01.21) “Apertura del establecimiento sin contar con Licencia de Funcionamiento en locales de hasta 100 m2 de área ocupada”, sanción prescrita en el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas (CISA) aprobado por la Ordenanza Municipal N° 17-2023-MPH/A.

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RESOLUCION GERENCIAL N.° 481-2025-MPH/42

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