Resolución Gerencial de Desarrollo Económico N.° 479-2025-MPH/42

SANCIONAR, como responsable directo de la infracción a la administrada Liliana QUISPE LOZANO, en su condición de titular y conductor del establecimiento comercial con giro de negocio VENTA DE PR...

21 de noviembre de 2025

SANCIONAR, como responsable directo de la infracción a la administrada Liliana QUISPE LOZANO, en su condición de titular y
conductor del establecimiento comercial con giro de negocio VENTA DE PRODUCTOS DE CÓMPUTO, con la imposición de una MULTA equivalente al 50% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente al momento de la infracción, siendo la suma ascendente a DOS MIL SEISCIENTOS SETENTA Y CINCO CON 00/100 SOLES (S/. 2,675.00); y como medida complementaria, la sanción no pecuniaria de CLAUSURA DEFINITIVA por encontrarse incurso dentro del (Código: 03.01.21) “Apertura del establecimiento sin contar con Licencia de Funcionamiento en locales de hasta 100 m2 de área ocupada”, sanción prescrita en el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas (CISA) aprobado por la Ordenanza Municipal N° 17-2023-MPH/A.

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RESOLUCION GERENCIAL N.° 479-2025-MPH/42

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