Resolución Gerencial de Desarrollo Económico N.° 448-2025-MPH/42
SANCIONAR, como responsable directo de la Infracción a la administrada Dominga CAJAMARCA CABELLO por ser conductora del establecimiento comercial con giro de negocio CASA DE APUESTA, ubicado en ...
10 de noviembre de 2025
SANCIONAR, como responsable directo de la Infracción a la administrada Dominga CAJAMARCA CABELLO por ser conductora del establecimiento comercial con giro de negocio CASA DE APUESTA, ubicado en el Asoc. Villa Esperanza Mz. “A” - Lote 09 - Av. Javier Pérez de Cuellar distrito de Ayacucho, con la imposición de una MULTA equivalente al 100% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente al momento de la infracción, siendo la suma ascendente a CINCO MIL TRESCIENTOS CINCUENTA CON 00/100 SOLES (SI. 5,350.00); y como medida complementaria, la sanción no pecuniaria de CLAUSURA DEFINITIVA por encontrarse incurso (Código: 03.02.14) “Apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 100 m2 de área ocupada”, dentro del sanción prescrita en el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas (CISA) aprobado por la Ordenanza Municipal N°17-2023-MPH/A;
