Ordenanza Municipal N.° 011-2023-MDF
Ordenanza que aprueba el plan de desarrollo local concertado del distrito de Frías 2024 - 2033.
13 de noviembre de 2023
Artículo Primero. APROBAR el Plan de Desarrollo Local Concertado - PDLC del distrito de Frías 2024-2033, el cual consta de:
1. Presentación
2. Imagen del territorio actual
3. Imagen del territorio deseado al 2033
4. Objetivos estratégicos distritales (OED), acciones estratégicas distritales (AED) con sus indicadores y metas.
5. Priorización de OED y AED
6. Anexos
6.1. diagnostico
6.2. Escenarios
6.3. Matriz de articulación de planes
6.4. Fichas de indicadores de OED y AED (Formato B-3. Ficha de Indicadores)
Artículo Segundo. - DISPONER que la Gerencia Municipal, Oficina de Planeamiento y Presupuesto y demás Unidades Orgánicas de la Municipalidad Distrital de Frías, consideren como referencia al PDLC del Distrito de Frías en la formulación y ejecución de sus planes operativos.
Artículo Tercero. - DEROGAR todas las normas que se opongan a la presente Ordenanza, la misma que rige a partir del día siguiente de su publicación en el Portal Institucional de la municipalidad y en el diario oficial del departamento.
Artículo Cuarto. ENCARGAR a la Secretaría General disponer la publicación de la presente Ordenanza, conforme a Ley, así como a la Unidad de TICs, la publicación en el portal institucional de la entidad para su difusión masiva.
Artículo Quinto.- FACÚLTESE al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las medidas complementarias para la aplicación debida de la presente Ordenanza.
1. Presentación
2. Imagen del territorio actual
3. Imagen del territorio deseado al 2033
4. Objetivos estratégicos distritales (OED), acciones estratégicas distritales (AED) con sus indicadores y metas.
5. Priorización de OED y AED
6. Anexos
6.1. diagnostico
6.2. Escenarios
6.3. Matriz de articulación de planes
6.4. Fichas de indicadores de OED y AED (Formato B-3. Ficha de Indicadores)
Artículo Segundo. - DISPONER que la Gerencia Municipal, Oficina de Planeamiento y Presupuesto y demás Unidades Orgánicas de la Municipalidad Distrital de Frías, consideren como referencia al PDLC del Distrito de Frías en la formulación y ejecución de sus planes operativos.
Artículo Tercero. - DEROGAR todas las normas que se opongan a la presente Ordenanza, la misma que rige a partir del día siguiente de su publicación en el Portal Institucional de la municipalidad y en el diario oficial del departamento.
Artículo Cuarto. ENCARGAR a la Secretaría General disponer la publicación de la presente Ordenanza, conforme a Ley, así como a la Unidad de TICs, la publicación en el portal institucional de la entidad para su difusión masiva.
Artículo Quinto.- FACÚLTESE al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las medidas complementarias para la aplicación debida de la presente Ordenanza.