Ordenanza Municipal N.° 003-MDF-A
Ordenanza que aprueba el instructivo para elaborar e implementar el programa municipal de educación, cultura y ciudadanía ambiental
10 de marzo de 2023
ARTÍCULO PRIMERO. APROBAR, el Programa Municipal de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental de la Municipalidad Distrital de FRIAS, que, con anexo de 03 páginas, forma parte integrante y sustancial de la presente Ordenanza Municipal.
ARTÍCULO SEGUNDO: ENCARGAR, a la UNIDAD DE GESTION AMBIENTAL, la implementación de la presente Ordenanza.
ARTÍCULO TERCERO. ENCARGAR, a la OFICINA DE PLANIFICACION Y PRESUPUESTO, asignar anualmente, de acuerdo a la disponibilidad presupuestal, recursos para la implementación del Plan de Trabajo correspondiente.
ARTÍCULO CUARTO. REALIZAR, una evaluación y reporte público de los resultados del Plan de Trabajo Anual, como mecanismo para hacer ajustes de proceso y mejoras en el Plan de Trabajo del año siguiente.
ARTÍCULO QUINTO. ALCANZAR, la presente Ordenanza Municipal, así como el anexo de la misma, al Ministerio del Ambiente para los fines de registro en los mecanismos de seguimiento a la implementación de los objetivos de desarrollo sostenible, de las políticas y normativa ambiental vigentes, la evaluación del desempeño ambiental local, así como su difusión vía el informe nacional del estado del ambiente.
ARTÍCULO SEXTO. DEJAR, sin efecto la Resolución de Alcaldía N° 047-2021-MDF/A, que aprueba el Programa Municipal de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental de la Municipalidad Distrital de FRIAS
ARTÍCULO SÉPTIMO. DISPONER, la publicación de la presente Ordenanza Municipal y su anexo en el portal institucional y los canales del Sistema Nacional de Información Ambiental.
ARTÍCULO SEGUNDO: ENCARGAR, a la UNIDAD DE GESTION AMBIENTAL, la implementación de la presente Ordenanza.
ARTÍCULO TERCERO. ENCARGAR, a la OFICINA DE PLANIFICACION Y PRESUPUESTO, asignar anualmente, de acuerdo a la disponibilidad presupuestal, recursos para la implementación del Plan de Trabajo correspondiente.
ARTÍCULO CUARTO. REALIZAR, una evaluación y reporte público de los resultados del Plan de Trabajo Anual, como mecanismo para hacer ajustes de proceso y mejoras en el Plan de Trabajo del año siguiente.
ARTÍCULO QUINTO. ALCANZAR, la presente Ordenanza Municipal, así como el anexo de la misma, al Ministerio del Ambiente para los fines de registro en los mecanismos de seguimiento a la implementación de los objetivos de desarrollo sostenible, de las políticas y normativa ambiental vigentes, la evaluación del desempeño ambiental local, así como su difusión vía el informe nacional del estado del ambiente.
ARTÍCULO SEXTO. DEJAR, sin efecto la Resolución de Alcaldía N° 047-2021-MDF/A, que aprueba el Programa Municipal de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental de la Municipalidad Distrital de FRIAS
ARTÍCULO SÉPTIMO. DISPONER, la publicación de la presente Ordenanza Municipal y su anexo en el portal institucional y los canales del Sistema Nacional de Información Ambiental.