Ordenanza Municipal N.° 029-2025-CMPF
28 de octubre de 2025
ORDENANZA MUNICIPAL QUE DISPONE MEDIDAS PROVISIONALES Y HABILITA UNA RUTA ALTERNA PARA EL TRÁNSITO DE VEHÍCULOS DE CARGA PESADA (VOLQUETES N3) EN LA PROVINCIA DE FERREÑAFE
DISPOSICIONES DE LA ORDENANZA
TÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO PRIMERO: La presente Ordenanza tiene por objeto habilitar, de manera provisional y condicionada, una ruta alterna para el tránsito de vehículos de carga pesada, específicamente volquetes de 18 toneladas (Categoría N3), en la Provincia de Ferreñafe, mientras dure el periodo de ejecución de obras en la vía principal.
ARTÍCULO SEGUNDO: Las disposiciones son de cumplimiento obligatorio para los conductores y empresas que operan vehículos de carga pesada (Volquetes N3) que ingresen o salgan de la Provincia de Ferreñafe y que requieran circular por esta ruta alterna.
TÍTULO II: DE LA RUTA ALTERNA Y SU HABILITACIÓN
ARTÍCULO TERCERO: Habilítese la siguiente ruta alterna de tránsito pesado con carácter provisional:
- Ruta de Ingreso/Paso:
- Inicia en la intersección de la Av. Pacífico.
- Continúa por toda la Av. Córdova hasta llegar al Dren de Mamape.
- La Av. Córdova/Pacífico termina en la vía urbana, y lo demás pertenece a la Vía Departamental LA-111 (Carretera Mamape).
- Ruta de Salida/Retorno (Viceversa):
- Saliendo de Mesones Muro, hasta la Av. Pacífico.
- Margen izquierdo de la acequia de la Av. Pacífico, volteando a la izquierda calle Los Cedros.
- Hasta la acequia que se coge el margen derecho de la acequia (calle Rosales).
- Hasta llegar a la intercepción de la Prolongación Sucre.
- Al voltear a la izquierda hasta llegar al dren que tiene como salida a la carretera Mamape.
ARTÍCULO CUARTO: Se dispone que no se establecerá la condición de "Zona Rígida" en el tramo correspondiente a la Vía Departamental LA-111 (Carretera Ferreñafe - Mamape), debido a que la Municipalidad Provincial de Ferreñafe carece de la competencia legal para imponer restricciones permanentes o modificar la jurisdicción en dicha vía.
