Ordenanza Municipal N.° 020-2025-MPF/A
11 de agosto de 2025
DISPOSICIONES FINALES
PRIMERA: PRECISAR que la presente Ordenanza tendrá una vigencia a partir del día hábil siguiente de su publicación, y tendrá vigor hasta el 31 de diciembre de 2026.
SEGUNDA: ENCARGAR a las Gerencia de Administración Tributaria y unidades funcionales, así como a la Gerencia de Desarrollo Social para que, dentro de sus ámbitos funcionales, adopten las medidas necesarias para el cabal cumplimiento de lo establecido en la presente Ordenanza.
TERCERA: FACULTAR al señor Alcalde para que, mediante decreto de alcaldía, dicte las medidas complementarias necesarias para la aplicación de la presente ordenanza.
CUARTA: NOTIFICAR el presente dispositivo a los órganos y unidades orgánicas de la Municipalidad que resulten competentes.
QUINTA: ENCARGAR a la Oficina General de Atención al Ciudadano y Gestión Documentaria la publicación de la presente Ordenanza en el diario correspondiente, así como a la Unidad Funcional de Tecnología de la Información y Comunicación la publicación de la presente en el Portal Web de la Municipalidad Provincial de Ferreñafe www.muniferreñafe.gob.pe y en el Portal del Estado Peruano www.peru.gob.pe.
REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE