Acuerdo de Concejo N.° 101-2025-CMPF
20 de mayo de 2025
SE ACORDÓ:
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, por unanimidad el pedido del Regidor de la Municipalidad Provincial de Ferreñafe, LUIS ALBERTO JUNIOR GUTIÉRREZ BARBA; quien solicita una mesa de trabajo en conjunto con la Gerencia de Servicios Municipales, Desarrollo Económico y Gestión Ambiental, la Unidad Funcional de Desarrollo Territorial y la Unidad Funcional de Seguridad Ciudadana y Gestión del Riesgo de Desastres; respecto a la actualización de la Ordenanza Municipal N° 012-2003, que prohíbe el riego no autorizado de la realización de cultivo a menos de 500 metros de zonas urbanas.
ARTÍCULO SEGUNDO: NOTIFICAR el presente Acuerdo al Regidor de la Municipalidad Provincial de Ferreñafe, LUIS ALBERTO JUNIOR GUTIÉRREZ BARBA, conforme a Ley.
ARTÍCULO TERCERO: NOTIFICAR, el presente Acuerdo Municipal a Alcaldía, Gerencia Municipal, Sala de Regidores, Gerencia de Servicios Municipales, Desarrollo Económico y Gestión Ambiental, a la Unidad Funcional de Desarrollo Territorial y a la Unidad Funcional de Seguridad Ciudadana y Gestión del Riesgo de Desastres; y demás áreas pertinentes de la Municipalidad Provincial de Ferreñafe.
ARTÍCULO CUARTO: ENCARGAR a la Oficina General de Atención al Ciudadano y Gestión Documentaria de la Municipalidad Provincial de Ferreñafe la distribución y/o notificación de la presente y a través de la Unidad Funcional de Tecnologías de la Información y Comunicación, la publicación en el Portal Institucional www.muniferrenafe.gob.pe y en el Portal del Estado Peruano www.peru.gob.pe
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, CÚMPLASE Y ARCHÍVESE.