Resolución de Alcaldía N.° 001-2025-MPF/A

2 de enero de 2025

SE RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: CONFORMAR a partir de la fecha, la "Unidad Funcional de Trámite Documentario y Atención al Público", como unidad dependiente de la Oficina General de Atención al Ciudadano y Gestión Documentaria de la Municipalidad Provincial de Ferreñafe, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

ARTÍCULO SEGUNDO: ESTABLECER a la "Unidad Funcional de Trámite Documentario y Atención al Público", las funciones que se detallan a continuación:

a) Organizar, ejecutar y controlar los procesos de recepción, registro, clasificación, distribución, control, información y archivo de la documentación que ingresa a la Municipalidad.

b) Programar, dirigir, coordinar y supervisar el flujo de los expedientes, la búsqueda de antecedentes y el adecuado registro de los mismos.

c) Efectuar el seguimiento de los expedientes. Velar por el cumplimiento de las normas generales de procedimientos administrativos y municipales que regulan la administración documentaria.

d) Coordinar la simplificación y estandarización de los procedimientos de trámite documentario de acuerdo a la normatividad vigente.

e) Foliar la documentación recibida y distribuirlo a los órganos competentes.

f) Apoyo y orientación al ciudadano en el llenado de formularios y trámites correspondientes dentro de la municipalidad.

g) Informar a los interesados sobre el estado de la tramitación de sus expedientes;

h) Otras que le asigne la Oficina General de Atención al Ciudadano y Gestión Documentaria de acuerdo a su competencia, de conformidad con la normativa correspondiente.

ARTÍCULO TERCERO: DISPONER que la Oficina General de Atención al Ciudadano y Gestión Documentaria, y a la Unidad Funcional de Trámite Documentario y Atención al Público de la Municipalidad Provincial de Ferreñafe, para el cumplimiento de sus funciones, mantiene relaciones de coordinación con los diferentes órganos y unidades orgánicas de la Municipalidad Provincial de Ferreñafe, así como con las entidades nacionales y regionales relacionadas al ámbito de su competencia, por lo tanto, se le encarga el estricto cumplimiento de la presente resolución.

ARTÍCULO CUARTO: ENCARGAR a la Oficina General de Atención al Ciudadano y Gestión Documentaria, a través de la Unidad Funcional de Tecnologías de la Información y Comunicación, la publicación en el Portal Institucional www.muniferrenafe.gob.pe y en el Portal del Estado Peruano www.peru.gob.pe
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, CÚMPLASE Y ARCHÍVESE.

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