Resolución de Alcaldía N.° 374-2024-MPF/A

26 de diciembre de 2024

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: CONFORMAR a partir de la fecha, la “Unidad Funcional de Área Técnica Municipal” como unidad dependiente de Gerencia Municipal de la Municipalidad Provincial de Ferreñafe, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

ARTÍCULO SEGUNDO: ESTABLECER a la Unidad Funcional de Área Técnica Municipal, las funciones que se detallan a continuación:

a) Planificar y promover el desarrollo de los servicios de saneamiento en el distrito, de conformidad con la normativa sectorial.

b) Programar, coordinar, ejecutar y supervisar las acciones relacionadas con los servicios de saneamiento de la provincia y/o distrito según corresponda.

c) Velar por la sostenibilidad de los servicios de saneamiento existentes en la provincia y/o distrito según corresponda.

d) Promover la formación de organizaciones comunales para la administración de los servicios de saneamiento, autorizarlas y registrarlas, y generar información sectorial de acuerdo con la Ley Marco.

e) Disponer medidas correctivas que sean necesarias en el marco de la prestación de servicios de saneamiento, respecto del incumplimiento de las obligaciones de las organizaciones comunales.

f) Resolver los reclamos de los usuarios en segunda instancia, de corresponder.

g) Brindar asistencia técnica a los prestadores de los servicios de saneamiento, de su ámbito de responsabilidad. Para la realización de dicha asistencia, la ATM puede contar con el apoyo de los Gobiernos Regionales.

h) Monitorear los indicadores para la prestación de los servicios de saneamiento del ámbito rural.

i) Las demás que establezca el Ente Rector en la normativa sectorial.

j) Brindar apoyo técnico en la formulación de proyectos e implementación de proyectos integrales de agua y saneamiento, en sus componentes de infraestructura, educación sanitaria, administración, operación y mantenimiento de responsabilidad Formular, proponer, ejecutar y evaluar los planes en aspectos ambientales de acuerdo con su competencia.

k) Las demás atribuciones y las funciones que sean asignadas por el Alcalde o el Consejo Municipal.

ARTÍCULO TERCERO: DISPONER a la Gerencia Municipal, cumpla con realizar las acciones administrativas pertinentes, para la ejecución de la presente resolución administrativa.

ARTÍCULO CUARTO: ENCARGAR a la Oficina General de Atención al Ciudadano y Gestión Documentaria, a través de la Unidad de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, la publicación en el Portal Institucional www.muniferrenafe.gob.pe y en el Portal del Estado Peruano www.peru.gob.pe

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, CÚMPLASE Y ARCHÍVESE

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