Ordenanza Municipal N.° 021-2024-CMPF

20 de noviembre de 2024

ORDENANZA MUNICIPAL QUE REGULA EL FRACCIONAMIENTO DE MULTAS POR INFRACCIONES AL REGLAMENTO NACIONAL DE TRÁNSITO

ARTÍCULO PRIMERO.- Aprobar el fraccionamiento de multas por infracciones al tránsito establecidas en el cuadro de tipificación, multas y medidas preventivas aplicables a las infracciones del tránsito terrestre establecido en el Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito, aprobado mediante Decreto Supremo N° 016-2009-MTC y modificatorias, que se encuentren con resolución de sanción notificada en estado firme y consentida impuestas a los conductores o propietarios de vehículos en estado ordinario o coactivo, y que no tengan recursos impugnatorios o acción contenciosa administrativa.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Aprobar el fraccionamiento de las sanciones de tránsito según la siguiente escala:

- Multas de tránsito impuestas desde 50% UIT hasta 1 UIT se cancelará una cuota inicial del 20% y el saldo se fracciona hasta en doce (12) cuotas mensuales.
Con el fraccionamiento aprobado y el pago de la cuota inicial: se procederá a la entrega del vehículo a cargo de la Unidad de Tránsito y Transporte, previo pago total del derecho de internamiento, que autorizará la salida del vehículo del depósito municipal.
ARTÍCULO TERCERO.- Disponer, que solo podrán solicitar el fraccionamiento, el infractor deudor o el propietario del vehículo infraccionado, quien será considerado como obligado al pago del fraccionamiento, siempre que cumpla con los requisitos previstos en la presente Ordenanza Municipal.
ARTÍCULO CUARTO.- Disponer, que cada cuota de fraccionamiento aprobada tendrá una periodicidad de treinta (30) días calendario para su pago y a partir de la suscripción del convenio de fraccionamiento, y solo en el caso que la fecha de pago recaiga en días inhábiles, el vencimiento de pago será el primer día hábil siguiente.
ARTÍCULO QUINTO.- Disponer, que los requisitos para presentar la solicitud de fraccionamiento, son los siguientes:
1. Solicitud de fraccionamiento, consignando domicilio fiscal y/o real, número telefónico y correo electrónico, exhibiendo el documento de identidad.
2. En caso de representante, deberá acompañar copia simple del poder que acredite la calidad de representante y/o apoderado.
3. Adjuntar copia simple de la tarjeta de propiedad vehicular.
4. Copla simple de la papeleta de tránsito y el acta de internamiento de vehículo.
5. Copia de la Resolución de Sanción emitida y notificada por la Unidad de Tránsito y Transporte.
6. Desistimiento de recurso administrativo impugnatorio o acción contenciosa administrativa que se hubieran interpuesto en contra de la papeleta de infracción o resolución de sanción.
La atención del procedimiento administrativo está a cargo de la Gerencia de Administración Tributaria que emitirá el acto que resuelva la solicitud de fraccionamiento
ARTÍCULO SEXTO.- Disponer, en caso de incumplimiento con el pago de dos (02) o más cuotas de la deuda fraccionada, la Gerencia de Administración Tributaria dará por vencidos todos los plazos pendientes, por concluido el beneficio de fraccionamiento y procederá a ejecutar el total del saldo de la deuda que se hubiera fraccionado, remitiendo al Ejecutor Coactivo para el inicio del procedimiento de cobranza coactiva, así como la remisión a la central de riesgo del sistema financiero.
ARTÍCULO SÉPTIMO.- Adecuar, y aprobar los convenios de fraccionamiento otorgados antes de la vigencia de la presente ordenanza municipal, debiendo aplicarse lo establecido en el artículo sexto con los requisitos según corresponda.
ARTÍCULO OCTAVO.- Encargar, a la Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de Servicios Municipales, Desarrollo Económico y Gestión Ambiental, y la Unidad Funcional de Transporte, Vialidad y Tránsito, y los demás órganos competentes, las medidas necesarias para hacer efectivo el cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal.
ARTÍCULO NOVENO.- Encargar a la Oficina General de Atención al Ciudadano y Gestión Documentaria de la Municipalidad Provincial de Ferreñafe la distribución y/o notificación de la presente y a través de la Unidad Funcional de Tecnologías de la Información y Comunicación, la publicación en el Portal Institucional www.muniferrenafe.gob.pe y en el Portal del Estado Peruano www.peru.gob.pe



REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, CÚMPLASE Y ARCHÍVESE.

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