Resolución de Alcaldía N.° 156-2024-MPF/A
20 de junio de 2024
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, la inmatriculación como primera inscripción de dominio de la Campiña Lomas - Sector Checlefe, del Distrito de Pueblo Nuevo, Provincia de Ferreñafe, a favor de la Municipalidad Provincial de Ferreñafe, de conformidad con el Reglamento de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales (Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA).
ARTÍCULO SEGUNDO: ENCARGAR a la Gerencia de Infraestructura y Desarrollo Urbano y Rural, y la División de Urbanismo y Catastro, de la Municipalidad Provincial de Ferreñafe, adopten las acciones que resulten necesarias para el cumplimiento de la presente resolución, bajo responsabilidad.
ARTÍCULO TERCERO: NOTIFICAR la presente resolución a Alcaldía, Gerencia Municipal, Gerencia de Infraestructura y Desarrollo Urbano y Rural, División de Urbanismo y Catastro, de la Municipalidad Provincial de Ferreñafe.
ARTÍCULO CUARTO: La primera inscripción de dominio del predio del Estado, deberá publicarse por única vez en el Diario Oficial "El Peruano" y, un extracto, en un diario de mayor circulación en la Región en que se encuentre el predio, tal como lo establece el DECRETO SUPREMO N° 007-2008-VIVIENDA en su articulo 38°.
ARTÍCULO QUINTO: ENCARGAR a la Gerencia de Secretaría General de la Municipalidad Provincial de Ferreñafe la distribución y/o notificación de la presente y a través de la Unidad de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, la publicación en el Portal Institucional www.muniferrenafe.gob.pe y en el Portal del Estado Peruano www.peru.gob.pe
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, CÚMPLASE y ARCHIVESE.
ARTÍCULO SEGUNDO: ENCARGAR a la Gerencia de Infraestructura y Desarrollo Urbano y Rural, y la División de Urbanismo y Catastro, de la Municipalidad Provincial de Ferreñafe, adopten las acciones que resulten necesarias para el cumplimiento de la presente resolución, bajo responsabilidad.
ARTÍCULO TERCERO: NOTIFICAR la presente resolución a Alcaldía, Gerencia Municipal, Gerencia de Infraestructura y Desarrollo Urbano y Rural, División de Urbanismo y Catastro, de la Municipalidad Provincial de Ferreñafe.
ARTÍCULO CUARTO: La primera inscripción de dominio del predio del Estado, deberá publicarse por única vez en el Diario Oficial "El Peruano" y, un extracto, en un diario de mayor circulación en la Región en que se encuentre el predio, tal como lo establece el DECRETO SUPREMO N° 007-2008-VIVIENDA en su articulo 38°.
ARTÍCULO QUINTO: ENCARGAR a la Gerencia de Secretaría General de la Municipalidad Provincial de Ferreñafe la distribución y/o notificación de la presente y a través de la Unidad de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, la publicación en el Portal Institucional www.muniferrenafe.gob.pe y en el Portal del Estado Peruano www.peru.gob.pe
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, CÚMPLASE y ARCHIVESE.