Resolución de Alcaldía N.° 287-2021-MPF/A
26 de noviembre de 2021
ARTÍCULO PRIMERO.- DECLARAR INFUNDADO el pedido de nulidad del acto electoral, solicitado por el Presidente de la Asociación PSO Vivienda Nazareth, el Teniente Gobernador, la Presidenta del Comite de Vaso de Leche, la Presidente Comedor Santa Rita de la Unidad Vecinal “Nazareth” de la Provincia de Ferreñafe, contenido en la carta N° 003-2021-UVNAZARETH-JCCH con Registro N° 410920 y Expediente N° 232693 de fecha 08 de noviembre de 2021, conforme a los fundamentos antes expuestos.
ARTÍCULO SEGUNDO.- NOTIFICAR la presente Resolución de Alcaldía conforme a lo dispuesto en el artículo 22.2[1] del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS.
ARTICULO TERCERO.- ENCARGAR la notificación de la presente Resolución de Alcaldía a las Juntas Directivas de la jurisdicción de Ferreñafe través de la Jefatura de División de Programas Sociales y Participación Vecinal de la Municipalidad Provincial de Ferreñafe.
ARTÍCULO CUARTO.- ENCARGAR a la Gerencia de Secretaría General a través de la Unidad de Tecnología de la Información, la publicación en el Portal Institucional www.muniferrenafe.gob.pe y en el Portal del Estado Peruano www.peru.gob.pe
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, CÚMPLASE Y ARCHÍVESE
[1] Artículo 22.2 “Si debiera notificarse a más de diez personas que han planteado una sola solicitud con derecho común, la notificación se hará con quien encabeza el escrito inicial, indicándole que trasmita la decisión a sus cointeresados.