Resolución de Alcaldía N.° 259-2022-MPF/A
18 de octubre de 2022
ARTÍCULO PRIMERO.- DAR CUMPLIMIENTO a lo dispuesto en la Resolución N° DOCE del 16 de diciembre de 2019 y Resolución N° QUINCE del 14 de setiembre de 2022, recaídas en el Expediente Judicial N° 00077-2017-0-1707-JM-LA-01del Juzgado Civil con Sede en Ferreñafe, en consecuencia se REINCORPORA DE FORMA DEFINITIVA a ALEJANDRO AGAPITO LLANOS en el puesto habitual de trabajo que desempeñaba antes del despido u otro de similar categoría bajo las mismas condiciones, registrándosele en planillas como trabajador Obrero sujeto al régimen laboral de la actividad privada regulado por la Ley de Productividad y Competitividad Laboral (Texto Único Ordenado aprobado mediante Decreto Supremo N° 003-97-TR), conforme a los fundamentos expuestos en la presente resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración, a través de la Unidad de Gestión de Recursos Humanos, la implementación de cualquier acción administrativa en cumplimiento al mandato judicial, bajo responsabilidad.
ARTÍCULO TERCERO.- DISPONER que la Gerencia de Administración inicie el trámite correspondiente que materialice el pago de los costos procesales, así como el cinco por ciento de dicho monto para el Colegio de Abogados de Lambayeque, debiendo realizar las coordinaciones necesarias con la Procuraduría Pública Municipal.
ARTÍCULO CUARTO.- DISPONER que la Gerencia de Administración, así como la Gerencia de Planificación y Presupuesto, den inicio alos procedimientos presupuestales con la programación del pago de la obligación, bajo responsabilidad; debiendo informar documentadamente a la Procuraduría Pública Municipal el aprovisionamiento de la obligación, inicio de los procesos presupuestales y el nombre del trabajador responsable de realizar el aprovisionamiento de la obligación.
ARTÍCULO QUINTO.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración, así como a la Gerencia de Planificación y Presupuesto, la implementación de cualquier acción administrativa en cumplimiento al mandato judicial, bajo responsabilidad.
ARTÍCULO SEXTO.- DISPONER que la Procuraduría Pública de la Municipalidad Provincial de Ferreñafe, de cuenta al Juzgado correspondiente del contenido de la presente resolución así como de la respectiva acta de reposición.
ARTÍCULO SÉPTIMO.- NOTIFICAR a laGerencia de Administración, así como a la Gerencia de Planificación y Presupuesto, con la presente resolución, así como con el Informe N° 065-2022-MPF-PPM.
ARTÍCULO OCTAVO.- NOTIFICAR a ALEJANDRO AGAPITO LLANOS con la presente resolución, conforme a Ley.
ARTÍCULO NOVENO.- ENCARGAR, a la Gerencia de Secretaría General a través de la Unidad de Tecnología de la Información, la publicación en el Portal Institucional www.muniferrenafe.gob.pe y en el Portal del Estado Peruano www.peru.gob.pe
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, CÚMPLASE Y ARCHÍVESE