Ordenanza Municipal N.° 006-2019-CMPF
4 de marzo de 2019
ARTICULO 42.- ENCARGAR, el cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal, a Gerencia de Promoción del Desarrollo Humano y Jefatura de la División de Programas Sociales y Participación Vecinal de la Municipalidad Provincial de Ferreñafe.
ARTICULO 43.- ENCARGAR, a la Gerencia de Secretaría General a través de la Unidad de Relaciones Públicas y Unidad de Tecnología de la Información, la publicación en el Portal Institucional www.muniferrenafe.gob.pe y en el Portal del Estado Peruano www.peru.gob.pe
POR TANTO: