Ordenanza Municipal N.° 030-2020-CMPF

18 de diciembre de 2020

ORDENANZA MUNICIPAL QUE PROHÍBE LA QUEMA DE MUÑECOS, LLANTAS Y LA MANIPULACIÓN, FABRICACIÓN, ALMACENAJE Y COMERCIALIZACIÓN DE PRODUCTOS PIROTÉCNICOS DURANTE LAS FIESTAS NAVIDEÑAS Y DE AÑO NUEVO, EN EL DISTRITO DE FERREÑAFE
ARTÍCULO PRIMERO. - PROHIBIR la quema de muñecos, aceites, llantas y/o otros elementos contaminantes en la vía pública o interiores (techos, terrazas, patios, jardines o similares) que atenten contra la salud y el medio ambiente, durante las fiestas navideñas y de año nuevo.

ARTÍCULO SEGUNDO. - PROHIBIR el uso o manipulación de productos pirotécnicos de uso recreativo o industrial en el distrito capital de Ferreñafe, adecuándose toda persona natural o jurídica a la presente ordenanza.

ARTÍCULO TERCERO. - PROHIBIR toda actividad y autorización municipal relativa a la fabricación y almacenaje de productos pirotécnicos en el distrito, bajo responsabilidad solidaria del propietario y arrendatario y, en su caso el funcionario público que autorice cualquier solicitud relacionada con estas actividades. Asimismo, se encuentra prohibida la comercialización o venta directa al público de productos pirotécnicos, así como su venta a través del comercio ambulatorio.

ARTÍCULO CUARTO.- DISPONER que en todo lo no previsto, se aplicará supletoriamente lo dispuesto por la Ley Nº 30299 – Ley de armas de fuego, municiones, explosivos, productos pirotécnicos y materiales relacionados de uso civil.

ARTÍCULO DÉCIMO TERCERO.-  FACULTAR a la señora Alcaldesa para que, mediante Decreto de Alcaldía emita las disposiciones municipales complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza. 

Documentos

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