Ordenanza Municipal N.° 005-2020-CMPF

5 de marzo de 2020

PRIMERA.- FACÚLTESE a la señora Alcaldesa para que mediante Decreto de Alcaldía pueda ampliarse el plazo de establecido en los artículos 2º y 5º de la presente Ordenanza. Pudiendo además regularse en dicha norma municipal todo aquello que se requiera para un mejor desenvolvimiento y éxito de la Fiscalización Tributaria  Selectiva y/o Masiva.
SEGUNDA.- FACÚLTESE a la Gerencia de Tributación Municipal dictar las medidas necesarias para el debido cumplimiento de lo dispuesto en la Ordenanza, en coordinación con las dependencias administrativas a fin de que garanticen su difusión y ejecución.   
 
TERCERA.- ENCARGAR a la Gerencia de Tributación Municipal, el cumplimiento de la presente ordenanza municipal y la publicación de la misma.
 
CUARTA.- ENCARGAR a la Gerencia de Secretaría General notifique la presente ordenanza, para su conocimiento y fines. Así como a través de la Unidad de Tecnología de la Información, la publicación de la presente ordenanza en el Portal Institucional www.muniferrenafe.gob.pe y en el Portal del Estado Peruano www.peru.gob.pe

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