Ordenanza Municipal N.° 018-2021-CMPF

19 de noviembre de 2021

ORDENANZA MUNICIPAL QUE AUTORIZA LA CELEBRACION DEL MATRIMONIO CIVIL MASIVO GRATUITO  CON MOTIVO DEL  471° ANIVERSARIO DE FUNDACIÓN ESPAÑOLA DE FERREÑAFE
ARTICULO PRIMERO.- AUTORIZAR en el marco de la Celebración por conmemorarse los 471° Aniversario de Fundación Española de Ferreñafe, la realización del Matrimonio Civil Masivo Gratuito, el día viernes 10 de diciembre 2021, a horas 10:00 a.m. en el Complejo Deportivo “Fernando Belaúnde Terry” de Ferreñafe; estableciéndose como plazo de inscripción al día siguiente de la publicación de la presente Ordenanza y culminará el martes 30 de noviembre del 2021, hasta para un máximo de 30 parejas.
ARTICULO SEGUNDO.- DISPONER que para la realización de esta ceremonia, los contrayentes deberán presentar en la División de Registro Civil los requisitos previstos en el Código Civil vigente y en el Texto Único de procedimientos Administrativos (TUPA) de esta entidad municipal.
ARTICULO TERCERO.- EXONERAR por única vez, los pagos por derecho de celebración de Matrimonio Civil  contenida en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Provincial de Ferreñafe, a las parejas inscritas y que reúnan los requisitos establecidos por la División de  Registro Civil, así como EXONERAR por Única Vez, los pagos por derecho de expedición de acta de nacimiento a favor de los contrayentes cuyos nacimientos se encuentren inscritos en la Oficina de Registro Civil de la entidad, así como del derecho del matrimonio, ACEPTAR por única vez la declaración jurada de soltería y de domicilio.
ARTICULO CUARTO.- DISPENSAR a los contrayentes que se acojan a los alcances de la presente Ordenanza Municipal, de la publicación de los Edictos Matrimoniales, conforme a lo dispuesto por el artículo 252° del Código Civil.
ARTICULO QUINTO.- EXONERAR a los contrayentes las tasas correspondientes a la dispensa de plazo de la publicación de los edictos matrimoniales.
ARTÍCULO SEXTO.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente disposición Municipal a la Gerencia de Administración, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Gerencia de Promoción Ambiental y Servicios Públicos a través de la Jefatura de Registro Civil.
 RTÍCULO SÉPTIMO.- ENCARGAR a la Gerencia de Promoción Ambiental y Servicios Públicos a través de la Jefatura de Registro Civil, la difusión de la presente ordenanza municipal.
ARTÍCULO OCTAVO.- ENCARGAR a la Gerencia de Secretaria General la publicación de la presente ordenanza conforme a Ley y a la Unidad de Tecnologías de la Información la publicación de la misma en el portal institucional de la Municipalidad Provincial de Ferreñafe (www.muniferrenafe.gob.pe), en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe).

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