Ordenanza Municipal N.° 025-2007-CMPF

Ordenanza Municipal

8 de junio de 2007

ARTICULO PRIMERO.-ESTABLECER como distancias minimas para la determinacion de lugares exclusivos y permanentes para la instalacion de Talleres o Fabricas Pirotecnicas las establecidas en el D.S. N°005-2006-IN(Anexo N°01) y que forma parte integrante de la presente disposicion municipal , los locales se ubicaran en areas eriazas o zonas agricolas en la linea quebrada al Este de la calle Tupac Amaru,Sur de la Av. B. Leguia y al Este de la avenida Andres Avelino Caceres de la ciudad de Ferreñafe.

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