Ordenanza Municipal N.° 003-2023-CMPF

15 de marzo de 2023

ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL PROGRAMA DE BENEFICIOS PARA EL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS.
 
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
 
ARTÍCULO PRIMERO.- DEL OBJETO
Establecer un programa de beneficios tributarios extraordinarios de carácter temporal a favor de los contribuyentes y responsables del pago de la Municipalidad Provincial de Ferreñafe, permitiendo el cumplimiento de sus obligaciones tributarias. 
 
ARTÍCULO SEGUNDO.- DEL ALCANCE
La presente Ordenanza establece un programa de beneficios para todos los contribuyentes y responsables que tengan obligaciones de naturaleza tributaria, y que se encuentren en cobranza ordinaria o en cobranza coactiva. 
 
CAPITULO II
BENEFICIOS PARA EL PAGO DE LAS DEUDAS TRIBUTARIAS
 
ARTÍCULO TERCERO.- DEUDA MATERIA DE ACOGIMIENTO
La deuda tributaria materia de la presente ordenanza está constituida por el Impuesto Predial, Impuesto Vehicular, Impuesto de Alcabala, Arbitrios Municipales y Multas Tributarias. 
 
ARTÍCULO CUARTO.- DE LOS BENEFICIOS TRIBUTARIOS
Los contribuyentes con deuda pendiente y que realicen el pago al contado gozarán de los siguientes beneficios:
1.   Condonación del 100% de los intereses moratorios generado por la deuda del Impuesto Predial, Impuesto Vehicular, Impuesto de Alcabala y Arbitrios Municipales hasta el año 2022.
2.   Descuento del 60% de la deuda insoluta de los Arbitrios Municipales hasta el ejercicio fiscal 2016.
3.   Descuento del 50% de la deuda insoluta de los Arbitrios Municipales de los ejercicios fiscales 2017, 2018; el descuento del 40% de la deuda insoluta de los Arbitrios Municipales de los ejercicios fiscales 2019, 2020; y el descuento del 30% de la deuda insoluta de los Arbitrios Municipales de los ejercicios fiscales 2021 y 2022.
4.   Condonación del 100% de multas tributarias por omisión a la declaración jurada hasta el ejercicio fiscal 2023.
 
ARTÍCULO QUINTO.- DEL RECONOCIMIENTO DE LA DEUDA
El acogimiento al presente beneficio, implica el desistimiento automático del recurso de reconsideración, reclamación y/o apelación que pudiera existir en trámite. Para aquellos casos que se encuentren ante el Tribunal Fiscal, el deudor deberá previamente presentar el desistimiento de su pretensión ante el órgano jurisdiccional competente, debiendo remitir una copia fedateada por mesa de partes.
 
DISPOSICIONES FINALES Y COMPLEMENTARIAS
 
PRIMERA.- Encargar a la Gerencia de Tributación Municipal, División de Ejecución Coactiva y Áreas Funcionales adscritas, el cumplimiento de la presente ordenanza.
 
SEGUNDA.- Disponer que el presente beneficio entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el diario oficial hasta el 28 de abril de 2023.
 
TERCERA.- Encargar a la Gerencia de Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el diario correspondiente, así como a la Unidad de Tecnología de la Información la publicación de la presente en el Portal Web de la Municipalidad Provincial de Ferreñafe www.muniferreñafe.gob.pe y en el Portal del Estado Peruano www.peru.gob.pe.
 
CUARTA.- Facultar al señor alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias y reglamentarias necesarias para la vigencia de la presente ordenanza, incluyendo la prórroga que fuera necesaria.
 
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, CÚMPLASE Y ARCHÍVESE.

Documentos

Vista preliminar de documento or-n-003-2023-cmpf

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