Prohibido Quemar
Nota InformativaCausar un incendio forestal tiene pena de cárcel. Según el Artículo 310 del Código Penal




13 de setiembre de 2024 - 8:07 a. m.
Causar un incendio forestal tiene pena de cárcel. Según el Artículo 310 del Código Penal, el causante será reprimido con pena privativa de su libertad no menor de uno ni mayor de cuatro años. Por eso, para prevenir incendios forestales, te compartimos recomendaciones importantes.
#Ing.FranciscoSatalayaCastillo-Alcalde