Fondo de Compensación del SOAT Y CAT
Nota Informativa

22 de agosto de 2025 - 9:31 a. m.
El Fondo de Compensación del SOAT y CAT, es un fondo social que tiene por finalidad amparar a las víctimas de accidentes de tránsito ocasionados por vehículos que no hayan sido identificados y se den a la fuga en el momento del accidente y a sus familiares, mediante el pago de las coberturas que corresponden a gastos médicos y gastos de sepelio, así como el pago de una indemnización por invalidez permanente o incapacidad temporal en favor de la víctima o una indemnización por fallecimiento en favor de los familiares de la víctima, hasta por los importes de cobertura correspondientes al SOAT o CAT.
Beneficios
- Gastos médicos: Comprenden la atención prehospitalaria, los gastos de atención médica hospitalaria, quirúrgica y farmacéutica, material de osteosíntesis y el transporte al lugar donde se recibirá la atención médica, hospitalaria y quirúrgica y otros gastos que sean necesarios para el tratamiento y la rehabilitación de la víctima hasta cinco (5) UIT.
- Gastos de sepelio: Comprenden el valor del féretro, carroza, nicho o tumba, capilla ardiente, cremación, urna hasta el valor de una (1) UIT.
- Indemnización por incapacidad temporal: El pago por cada día de incapacidad temporal será el equivalente a la treintava (1/30) parte de la Remuneración Mínima Vital vigente al momento de otorgarse la prestación hasta el monto establecido, hasta una (01) UIT
- Indemnización por invalidez permanente: De acuerdo a la tabla de indemnizaciones por invalidez Permanente, hasta cuatro (04) UIT.
- Indemnización por fallecimiento de la víctima: Por el monto íntegro de cuatro (04) UIT.
Los beneficios que otorga el Fondo únicamente pueden ser reclamados dentro del plazo de un (01) año, el mismo que se computará a partir de la fecha indicada en el cargo de recepción de la comunicación por escrito que los establecimientos de salud realicen a las víctimas o a sus beneficiarios, según corresponda, que tienen derecho a ser cubiertos por el Fondo. (Art. 22° D.S. N° 024-2004-MTC, modificado por el D.S. N° 009-2019-MTC).
Atención a las víctimas o familiares:
Correo electrónico a fondosoat@mtc.gob.pe, vía telefónica al (01) 615-7800 anexo 1209, 934233514 o 981252311.
Para el reporte de los casos, deberá ingresar al formulario virtual: https://fondosoatycat.mtc.gob.pe/solicitud
Para el reporte de los casos, deberá ingresar al formulario virtual: https://fondosoatycat.mtc.gob.pe/solicitud