Extracto De Publicación De La Pretensión De Formalización Via Conciliación - A.H. VILLA REAL
Pronunciamiento
3 de febrero de 2023
De conformidad con lo establecido en el Artículo Décimo Segundo del Reglamento Integral para Procedimientos de Formalización de Posesiones Informales en Propiedad Privada por Conciliación y Transferencia de Terrenos de Propiedad Privada a favor de la MPCP con Fines de Formalización, aprobado mediante Ordenanza Municipal NO 007-2021-MPCP, la Municipalidad Provincial de Coronel Portillo, pone en conocimiento de los interesados de Ia Asociación de Moradores A.H. EVA MEDINA, ha presentado solicitud de formalización vía transferencia al amparo de la Décimo Octava Disposición Complementaria y Final del Reglamento del Título I de la Ley NO 28687
aprobado mediante D.S. NO 006-2006-VIVIENDA, incorporada por el articulo 60 del D.S. NO 030-2008-VIVIENDA y en concordancia a la ampliación de Ley N031056, respecto del predio denominado CASA HACIENDA, el mismo que obra inscrito en la P.E. NO 40010830, titularidad del Propietario Registral ALFREDO CHUMBE HUAMACTO.
Se efectúa Ia presente publicación a fin que las personas que se consideren afectadas con la pretensión de los solicitantes puedan forrnular OPOSICIÓN dentro de los 05 días calendarios siguientes de realizada la presente publicación, para lo cual deberán tener en cuenta las disposiciones contenidas en el Capitulo IV del referido Reglamento, en el mismo que se establece los requisitos y el procedimiento.
aprobado mediante D.S. NO 006-2006-VIVIENDA, incorporada por el articulo 60 del D.S. NO 030-2008-VIVIENDA y en concordancia a la ampliación de Ley N031056, respecto del predio denominado CASA HACIENDA, el mismo que obra inscrito en la P.E. NO 40010830, titularidad del Propietario Registral ALFREDO CHUMBE HUAMACTO.
Se efectúa Ia presente publicación a fin que las personas que se consideren afectadas con la pretensión de los solicitantes puedan forrnular OPOSICIÓN dentro de los 05 días calendarios siguientes de realizada la presente publicación, para lo cual deberán tener en cuenta las disposiciones contenidas en el Capitulo IV del referido Reglamento, en el mismo que se establece los requisitos y el procedimiento.