Acuerdo ANEXO Nº04

CUADRO MULTIANUAL DE NECESIDADES BIENES , SERVICIOS Y OBRAS.

25 de enero de 2024

Se aprueba el numeral 24.2 del Artículo 24 de la Directiva N° 0005-2021-EF/54.01 establece que, “El CMN es aprobado por el Titular de la Entidad u organización de la entidad, o a quien se hubiera delegado dicha facultad, dentro de los doce (12) días hábiles siguientes a la aprobación del PIA. La aprobación del CMN se efectúa mediante la suscripción del Anexo N° 04 de la Directiva”.El cuadro multianual de necesidades bienes, servicios y obras, tiene la finalidad de informar a la población en general ,sobre los usos de los bienes y servicios que requerirán para la gestión administrativa, obras  y la atención al ciudadano. 

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APROBACION DE CUADRO MULTIANUAL DE NESECIDADES (CMN)

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