Resolución de Gerencia Municipal N.° 447-2023-GM/MPCH-C
13 de octubre de 2023
SE DECLARAR PROCEDENTE la apelación interpuesta por la contribuyente Frida Avelina Salas Caballero, contra la Resolución Directoral N° 128-2023-DGA/GM-MPCH/C, de fecha 07 de julio de 2023, que declara IMPROCEDENTE la solicitud de deducción de base imponible del impuesto predial de hasta 50 UIT, en el caso de pensionistas, para el año 2023, REFORMANDOLA debiendo declararse PROCEDENTE la solicitud de deducción de base imponible del impuesto predial de hasta 50 UIT. en el caso de pensionistas, para el año 2023. peticionado por la recurrente mediante Escrito de fecha 29 de mayo de 2023, considerando el precedente de observancia obligatoria contenida la Resolución del Tribunal Fiscal N° 01779-7-2018 y lo establecido en el artículo 19- del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo NQ 156-2004-EF.
DECLARAR INFUNDADO el pedido de NULIDAD, dado que no se advierte que lo establecido en el procedimiento administrativo 17 del TUPA vigente de la Entidad, sobre "DEDUCCIÓN DEL 50% DEL IMPUESTO PREDIAL DE PENSIONISTAS PROPIETARIOS DE UN SOLO PREDIO", contravenga lo establecido en el artículo IoJ del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo NQ 156-2004-EF.
DECLARAR INFUNDADO el pedido de NULIDAD, dado que no se advierte que lo establecido en el procedimiento administrativo 17 del TUPA vigente de la Entidad, sobre "DEDUCCIÓN DEL 50% DEL IMPUESTO PREDIAL DE PENSIONISTAS PROPIETARIOS DE UN SOLO PREDIO", contravenga lo establecido en el artículo IoJ del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo NQ 156-2004-EF.