Resolución de Alcaldía N.° 2015-601-MPM-CH-A
2 de julio de 2015
ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR INADMISIBLE el Recurso interpuesto por el Sr. Edy Aguirre Checa, por no estar autorizado por letrado conforme al artículo 211° de la Ley N° 27444-Ley del Procedimiento Administrativo General, en consecuencia otórguesele un plazo perentorio de dos (02) días hábiles para que subsane la omisión vertida, conforme a los fundamentos supra cite.