Resolución de Alcaldía N.° 2015-601-MPM-CH-A

2 de julio de 2015

ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR INADMISIBLE el Recurso interpuesto por el Sr. Edy Aguirre Checa, por no estar autorizado por letrado conforme al artículo 211° de la Ley N° 27444-Ley del Procedimiento Administrativo General, en consecuencia otórguesele un plazo perentorio de dos (02) días hábiles para que subsane la omisión vertida, conforme a los fundamentos supra cite.

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