Autorización Gerencial N° 00009-2023-GDUTI/MPM-CH

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21 de agosto de 2023

En atención a lo señalado en el Art. 194°, 195°, 196° de la Constitución Política del Perú y en concordancia con lo señalado en el inciso 9) del Articulo 69° de la Ley N°27972-Ley Orgánica de Municipalidades, con la ordenanza municipal 028-2020-MPM-CH y la ordenanza 006-2021--MPM-CH que regula la administración de la MPM-CH respecto a las materiales de acarreo ubicados en los álveos y cauces de los rios y materiales de las canteras y la aplicación del régimen de extracción, en mérito a la Carta N° 068-2023- FDAR/MPM-CH, emitida par la Br. Franco Daniel Arellano Reyes; se autoriza al Sr. JOSE NAVAL CORDOVA BACA, para la EXTRACCIN DE MATERIAL DE ACARREO (ARENA GRUESA, ARENA FINA Y HORMIGON) POR UN VOLUMEN DE 1,000 m3, EN EL CAUCE DEL RÍO YAPATERA-SECTOR CHAPICA CAMPANAS.

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