Decreto de Alcaldía N.° 008-2024-MPCH-J/A
DECRETO DE ALCALDIA
31 de mayo de 2024
SE DECRETA:
ARTICULO PRIMERO: DISPONER, el EMBANDERAMIENTO GENERAL, con la Bandera de la Provincia de Chucuito Juli, en las Viviendas, Instituciones Públicas, Privadas y establecimientos comerciales de la jurisdicción de la capital de la Provincia de Chucuito, durante el periodo del 01 al 03 de junio del presente año, por conmemorarse los CXCVI (196) Aniversario de Elevación como Capital Histórica de la Provincia de Chucuito-Juli
ARTÍCULO SEGUNDO: ENCARGAR, a la Unidad de Imagen Institucional y Protocolo, la publicación del presente Decreto de Alcaldia en los medios de comunicación, así como haga de conocimiento el presente a todas las Instituciones Públicas y Privadas de la Provincia de Chucuito-Juli, a efectos de que tomen el debido conocimiento de los alcances del mismo.
ARTICULO TERCERO: NOTIFICAR, el presente Decreto de Alcaldia, a los órganos estructurados de la Municipalidad Provincial de Chucuito-Juli, para su conocimiento y fines pertinentes.
ARTÍCULO CUARTO: ENCARGAR, a la Secretaria General y a la Unidad de Imagen Institucional y Protocolo, la debida y oportuna difusión y publicación del presente Decreto de Alcaldia.
ARTICULO PRIMERO: DISPONER, el EMBANDERAMIENTO GENERAL, con la Bandera de la Provincia de Chucuito Juli, en las Viviendas, Instituciones Públicas, Privadas y establecimientos comerciales de la jurisdicción de la capital de la Provincia de Chucuito, durante el periodo del 01 al 03 de junio del presente año, por conmemorarse los CXCVI (196) Aniversario de Elevación como Capital Histórica de la Provincia de Chucuito-Juli
ARTÍCULO SEGUNDO: ENCARGAR, a la Unidad de Imagen Institucional y Protocolo, la publicación del presente Decreto de Alcaldia en los medios de comunicación, así como haga de conocimiento el presente a todas las Instituciones Públicas y Privadas de la Provincia de Chucuito-Juli, a efectos de que tomen el debido conocimiento de los alcances del mismo.
ARTICULO TERCERO: NOTIFICAR, el presente Decreto de Alcaldia, a los órganos estructurados de la Municipalidad Provincial de Chucuito-Juli, para su conocimiento y fines pertinentes.
ARTÍCULO CUARTO: ENCARGAR, a la Secretaria General y a la Unidad de Imagen Institucional y Protocolo, la debida y oportuna difusión y publicación del presente Decreto de Alcaldia.