Ordenanza Municipal N.° ORD-457-2023-MDCH
10 de marzo de 2023
Los beneficios tributarios establecidos en el Artículo 4° de la presente Ordenanza también serán extensibles para aquellos contribuyentes que tengan el beneficio de deducción del Impuesto Predial, así como aquellos que tengan la condición de inafectos. conforme a los Artículos, 17° y 19° del Decreto Supremo N° 156-2004-EF, previa cancelación de los derechos de emisión.