Ordenanza Municipal N.° ORD-457-2023-MDCH

10 de marzo de 2023

Los beneficios tributarios establecidos en el Artículo 4° de la presente Ordenanza también serán extensibles para aquellos contribuyentes que tengan el beneficio de deducción del Impuesto Predial, así como aquellos que tengan la condición de inafectos. conforme a los Artículos, 17° y 19° del Decreto Supremo N° 156-2004-EF, previa cancelación de los derechos de emisión.
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