Mpch Realizará Matrimonio Civil Comunitario El 28 De Agosto

Nota de prensa
Mpch Realizará Matrimonio Civil Comunitario El 28 De Agosto
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4 de agosto de 2010 - 12:00 a. m.

Las parejas que no hayan legalizado su situación conyugal, tendrán la oportunidad de hacerlo en el matrimonio civil comunitario que la Municipalidad Provincial de Chiclayo aprobó para el 28 de agosto, a las 10:00 de la mañana.

Así lo establece la Ordenanza Municipal Nº 008 emitida el 30 de julio último y que lleva la firma del Alcalde Provincial, Eco. Roberto Torres Gonzales, la cual señala que el plazo máximo fijado para la entrega de expedientes es el 20 de este mes, cuya información y presentación de documentos es en las oficinas de la Sub Gerencia de Registro Civil, ubicadas en el primer piso de la Biblioteca Municipal Eufemio Lora y Lora.

La Ordenanza Municipal establece que los contrayentes que se presenten a la ceremonia de matrimonio civil comunitario, abonen como pago por matrimonio y acta matrimonial el monto de 20 nuevos soles y por Certificado Pre Nupcial la suma de 30 soles por pareja.

Para acceder al matrimonio civil comunitario, los contrayentes deberán presentar partida de nacimiento certificada, copia de los documentos de identidad (DNI) vigente con la constancia del último sufragio autenticada por fedatario de la Municipalidad, Pasaporte o Carnet de Extranjería, según sea el caso, debiendo mostrar los originales, una fotografía tamaño carnet o pasaporte por cada contrayente, declaración jurada simple de residir en el distrito, copia simple de los documentos de los testigos, quienes deberán ser mayores de edad, familiares o amigos, y conozcan a los contrayentes por lo menos tres años, los cuales deberán mostrar sus documentos de identidad original.

En el caso de viudos, divorciados, menores de edad, militares y extranjeros que deseen participar en el matrimonio, deberán cumplir con presentar la documentación adicional, según sea el caso.

La Ordenanza también señala que las personas discapacitadas que deseen contraer matrimonio serán incluidas dentro de la celebración del matrimonio, por cual será de aplicación la normatividad de la materia.

Finalmente, la Ordenanza exonera a los contrayentes, de las tasas correspondientes a la publicación de sus edictos matrimoniales.